septiembre 26, 2023

Derechos del niño declaracion universal

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Los derechos de los niños son los mismos independientemente del lugar del mundo en el que vivan. Todos los niños y niñas nacen con un conjunto completo de derechos. La gente puede ignorar, pasar por alto o pisotear esos derechos, pero nunca pueden quitárselos. Los derechos de los niños son inherentes. Existen, pase lo que pase.

Los derechos de los niños están consagrados en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CDN), el tratado más ratificado de la historia. Todos los países del mundo, excepto uno, se han comprometido a respetar los 54 artículos de la Convención. Sin embargo, incluso los países ricos -Canadá entre ellos- aún no han hecho todo lo posible por cumplir los derechos de todos los niños.

En este artículo analizaremos los derechos de los niños, tal y como se recogen en la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño. Veremos qué ocurre cuando se violan esos derechos. Y aprenderás cómo ayudar a las niñas y los niños del mundo a realizar todo el espectro de derechos de la infancia.

«Tienes derecho a una educación de calidad», reza la versión de la Convención en un lenguaje adaptado a los niños. En la República Democrática del Congo, un club de lectura de World Vision está ayudando a Alfred a ponerse al día con la escolarización perdida. Foto: Didier Nagifi

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Considerando que, de conformidad con los principios proclamados en la Carta de las Naciones Unidas, el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana es el fundamento de la libertad, la justicia y la paz en el mundo,

Teniendo presente que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y se han propuesto promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad,

Reconociendo que las Naciones Unidas, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, han proclamado y acordado que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en ellos, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,

Convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros y, en particular, de los niños, debe recibir la protección y la asistencia necesarias para que pueda asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad,

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Singapur presentó su informe inicial al Comité de los Derechos del Niño en noviembre de 2002. El Informe Inicial enumeraba las medidas legislativas, judiciales, administrativas y de otro tipo adoptadas por Singapur para hacer efectivas las disposiciones de la CDN.

Singapur presentó su Informe Inicial el 26 de septiembre de 2003, en la 34ª Sesión del Comité de los Derechos del Niño. La delegación de Singapur estaba encabezada por el entonces Ministro de Estado para el Desarrollo Comunitario y el Deporte, el Sr. Chan Soo Sen, e incluía representantes del IMC-CRC y de la Sociedad de Niños de Singapur.

El informe fue bien recibido por el Comité, en particular los avances de Singapur en favor de los niños en las áreas de educación, salud y vivienda. (Véanse las observaciones finales del Comité sobre el informe inicial de Singapur).

Singapur presentó su segundo y tercer informe periódico al Comité de los Derechos del Niño en enero de 2009. El informe abarcaba el periodo comprendido entre 2003 y 2007, y proporcionaba información detallada sobre los avances de Singapur en las áreas de bienestar y protección de la infancia, las mejoras legislativas y las iniciativas en favor de los niños.

Los derechos del niño: una com

La Declaración de los Derechos del Niño, a veces conocida como Declaración de Ginebra de los Derechos del Niño, es un documento internacional de promoción de los derechos del niño, redactado por Eglantyne Jebb y aprobado por la Sociedad de Naciones en 1924, y adoptado en forma ampliada por las Naciones Unidas en 1959.

Este texto fue aprobado por la Asamblea General de la Sociedad de Naciones el 26 de noviembre de 1924 como Carta Mundial del Bienestar del Niño, y fue el primer documento sobre derechos humanos aprobado por una institución intergubernamental[1]. Los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometieron a incorporar sus principios en la legislación nacional. En Francia, se ordenó su exhibición en todas las escuelas[2].

Tras considerar una serie de opciones, incluida la de redactar una declaración completamente nueva, las Naciones Unidas resolvieron en 1946 adoptar el documento, en una versión muy ampliada, como su propia declaración de los derechos del niño. Muchos gobiernos diferentes participaron en el proceso de redacción. En 1948 se adoptó una versión ligeramente ampliada, con siete puntos en lugar de cinco.[3] Posteriormente, el 10 de diciembre de 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una Declaración de los Derechos del Niño, basada en la estructura y el contenido del original de 1924, con diez principios. Una resolución adjunta, propuesta por la delegación de Afganistán, pedía a los gobiernos que reconocieran estos derechos, se esforzaran por su aceptación y dieran la mayor difusión posible al documento[4][5] Esta fecha ha sido adoptada como el Día Universal del Niño.