Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos wikipedia
ResumenEn este capítulo se analiza la aceptación por aclamación de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos (DUDH) de la UNESCO. Destaca que la Declaración ha ampliado el alcance de la bioética, al integrar el derecho internacional de los derechos humanos en el ámbito de la biomedicina, y ha considerado sobre el medio ambiente la biosfera y la biodiversidad. La Declaración se considera un punto de referencia mundial para todos los países, ya que se centra en los conceptos de principios comunes, valores compartidos y cooperación interna entre países. También se analizan críticamente las limitaciones de la DUBDH, comentando la dificultad de aplicar los derechos humanos y la solidaridad en el contexto asiático y mundial, respectivamente. Sin embargo, a pesar de sus limitaciones, la Declaración sigue siendo relevante y aplicable para todos, ya que tiene en cuenta la diversidad cultural de los distintos países. La UDBHR también se esfuerza por ofrecer una comprensión más completa de los principios, publicando nuevas orientaciones.Palabras claveEstas palabras clave fueron añadidas por máquina y no por los autores. Este proceso es experimental y las palabras clave pueden actualizarse a medida que mejore el algoritmo de aprendizaje.
Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos Artículo 6
La Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, adoptada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) el 19 de octubre de 2005, es un paso importante en la búsqueda de normas mínimas mundiales en la investigación biomédica y la práctica clínica. Como miembro del Comité Internacional de Bioética de la UNESCO, he participado en la redacción de este documento. Sobre la base de esta experiencia, se esbozan las principales características de la Declaración, antes de responder a dos acusaciones generales que se han formulado contra las actividades de bioética de la UNESCO y contra este documento en particular. Una de las críticas es que la UNESCO se excede en su mandato al redactar estos instrumentos de bioética; en concreto, se le acusa de invadir un tema que es responsabilidad de la Organización Mundial de la Salud. La segunda crítica es que el recurso de la UNESCO a las normas internacionales de derechos humanos es inadecuado.
Las siguientes secciones de este documento se centrarán en dos críticas graves que se han formulado contra la nueva declaración. La más fundamental es la participación de la propia UNESCO en la bioética. La otra se refiere a la utilización de un marco de derechos humanos para lograr normas comunes en esta disciplina.
17 principio básico de la bioética unesco
Desde los años 70, el campo de la bioética ha crecido considerablemente. Si bien es cierto que la bioética incluye hoy en día las cuestiones de ética médica, su originalidad radica en que va mucho más allá de los diversos códigos deontológicos profesionales correspondientes. Supone una reflexión sobre los cambios de la sociedad e incluso sobre los equilibrios globales provocados por los avances científicos y tecnológicos. A la ya difícil cuestión que plantean las ciencias de la vida -¿Hasta dónde podemos llegar? – hay que añadir otros interrogantes sobre la relación entre ética, ciencia y libertad.
Un número cada vez mayor de prácticas científicas se ha extendido más allá de las fronteras nacionales y la necesidad de establecer directrices éticas universales que abarquen todas las cuestiones planteadas en el ámbito de la bioética y la necesidad de promover la aparición de valores compartidos han sido cada vez más una característica del debate internacional. La necesidad de una acción normativa en el ámbito de la bioética se siente en todo el mundo, a menudo expresada por los propios científicos y profesionales y por los legisladores y ciudadanos.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
La Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, adoptada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura el 19 de octubre de 2005, es un paso importante en la búsqueda de normas mínimas mundiales en la investigación biomédica y la práctica clínica. Como miembro del Comité Internacional de Bioética de la UNESCO, he participado en la redacción de este documento. Sobre la base de esta experiencia, se esbozan las principales características de la Declaración, antes de responder a dos acusaciones generales que se han formulado contra las actividades de bioética de la UNESCO y contra este documento en particular. Una de las críticas es que la UNESCO se excede en su mandato al redactar estos instrumentos de bioética; en concreto, se le acusa de invadir un tema que es responsabilidad de la Organización Mundial de la Salud. La segunda crítica es que el recurso de la UNESCO a las normas internacionales de derechos humanos es inadecuado
Governing the Globalization of Public Health.Allyn L. Taylor – 2004 – Journal of Law, Medicine and Ethics 32 (3):500-508.Governing the Globalization of Public Health.Allyn L. Taylor – 2004 – Journal of Law, Medicine and Ethics 32 (3):500-508.Cultural Values Embodying Universal Norms: Una crítica a un supuesto popular sobre culturas y derechos humanos.Nie Jing-bao – 2005 – Developing World Bioethics 5 (3):251-257.A Valuable Up-to-Date Compendium of Bioethical Knowledge.Atsushi Asai & Sachi Oe – 2005 – Developing World Bioethics 5 (3):216-219.Cultural Values Embodying Universal Norms: Crítica a una suposición popular sobre las culturas y los derechos humanos.Nie Jing-bao – 2005 – Developing World Bioethics 5 (3):251-257.Añadir más referencias