Declaración universal de los derechos humanos pdf
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Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Violaciones del derecho a la seguridad social
El derecho a la seguridad social se refleja en una serie de instrumentos de derechos humanos. Aparece por primera vez en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en sus artículos 22 y 25. La DUDH fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París el 10 de diciembre de 1948. En ella se establecieron, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que debían ser protegidos universalmente, entre ellos el artículo 22:
Artículo 22 : Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
El artículo 25 refleja el derecho interrelacionado a un nivel de vida adecuado, que se extiende al «derecho a la seguridad en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.» La DUDH es una declaración no vinculante de los Estados Partes (miembros de las Naciones Unidas).
Qué es la seguridad social
La Agenda 2030 y sus 17 objetivos interrelacionados se basan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los tratados internacionales de derechos humanos, la Declaración del Milenio y el Documento Final de la Cumbre Mundial de 2005. La Agenda reconoce que el crecimiento económico por sí solo no alcanza a los más rezagados, y su visión transformadora es llegar primero a los más rezagados, no dejar a nadie atrás, empoderar a los desfavorecidos y acabar con la pobreza en todas sus formas en todo el mundo para 2030.
La protección social es clave para lograr esta visión y está contemplada en la meta 1.3 del ODS. Cuando se diseña adecuadamente, la protección social previene y reduce eficazmente la pobreza y la desigualdad. La protección social garantizada apoya la mejora de la nutrición y el acceso a los servicios esenciales y, por tanto, puede interrumpir el círculo vicioso de la pobreza y su transferencia intergeneracional. El derecho de acceso universal a la protección social permite llegar a las personas en situación de extrema desventaja, lo que contribuye a superar experiencias profundamente arraigadas de discriminación y exclusión, desempoderamiento y desigualdad de género. Sin embargo, en la actualidad, sólo el 29% de la población mundial cuenta con una protección social integral a lo largo de la vida y para las diferentes contingencias que puedan presentarse. 1
Derecho a la seguridad social udhr
Los DESC son derechos humanos relativos a las condiciones sociales y económicas básicas necesarias para llevar una vida digna y libre, en relación con el trabajo y los derechos de los trabajadores, la seguridad social, la salud, la educación, la alimentación, el agua, la vivienda, un medio ambiente sano y la cultura.
Los derechos humanos proporcionan un marco común de valores y normas universalmente reconocidos, y establecen la obligación de los Estados de actuar de determinadas maneras o de abstenerse de ciertos actos. Son una herramienta importante para hacer que los Estados, y cada vez más los actores no estatales, rindan cuentas de las violaciones y también para movilizar los esfuerzos colectivos para desarrollar comunidades y marcos globales que conduzcan a la justicia económica, el bienestar social, la participación y la igualdad. Los derechos humanos son universales, inalienables, interdependientes e indivisibles.
El PIDESC esboza una serie de principios importantes para la realización de los derechos económicos, sociales y culturales, que a menudo se incluyen también en otras fuentes de derechos económicos, sociales y culturales. Según el PIDESC, un Estado debe adoptar medidas «hasta el máximo de los recursos de que disponga» para realizar progresivamente los DESC. En concreto, un Estado (incluidos sus niveles subnacionales) tiene las obligaciones siguientes